Enfermedades de notificación obligatoria: la importancia de saber
Las directrices y la legislación de cada país indican qué tipo de brotes epidémicos deben notificarse, quién es responsable de la notificación, el formulario empleado y cómo deben introducirse y procesarse las notificaciones dentro del sistema nacional de salud. En general, se requiere que la notificación de reagudización epidémica se lleve a cabo por el medio de comunicación más rápido con que se cuente cuando se trata brotes epidémicos de notificación internacional obligatoria, los gobiernos nacionales los comunican además a la OMS.
Según la normativa chilena, especificada en los Decretos Supremos 158 y 147, el médico tratante es responsable de notificar al paciente en caso de que éste padezca una de las 47 enfermedades de notificación obligatoria. Estas afecciones tienen distinta forma y periodicidad de notificación, distinguiéndose las de comunicación inmediata, las de notificación diaria y por centinelas.
Si el profesional es parte de algún establecimiento asistencial público o privado de atención, la comunicación será responsabilidad del Director de aquél establecimiento, y se realizará por la persona a quién éste haya designado para la tarea. El médico o establecimiento debe notificar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y ésta, a su vez, al ministerio de Salud.
Por ejemplo, el SIDA, con 18.552 casos hasta el 2007, la meningitis viral, con 3.426 casos y la rubéola con 1282, se consideran de gran importancia para la salud pública. Las agencias locales, estatales y nacionales exigen que dichas patologías sean comunicadas a los pacientes cuando estas les sean diagnosticadas, tanto por parte de los médicos como de los laboratorios clínicos.
¿Cuáles son estas enfermedades de notificación obligatoria?
Las enfermedades de notificación inmediata incluyen casos de Botulismo, Brucelosis, Carbunco, Cólera, Dengue, Difteria, Enfermedad invasora por Haemophilus influenzae (como meningitis y sepsis), enfermedad Meningocócica, Fiebre Amarilla, Fiebre del Nilo Occidental, Leptospirosis, Malaria, Peste, Poliomielitis, Rabia humana, Sarampión, SARS, Síndrome Pulmonar por Hantavirus y Triquinosis.
Para que los organismos de salud puedan actuar con eficacia, se debe señalar si los casos ocurren agrupados en el tiempo o determinado lugar geográfico, sospechándose una causa infecciosa transmisible, incluidos los brotes de enfermedades transmitidas por alimentos. Para comunicar estos sucesos cualquier medio inmediato es útil. Cuando la autoridad sanitaria correspondiente está al tanto de la situación, debe a su vez comunicarla al Ministerio de Salud usando la vía más expedita, ya sea telefónicamente, por fax o e-mail.
Por su parte, las enfermedades de notificación diaria incluyen al Coqueluche, enfermedad de Chagas, Fiebre Tifoidea y Paratifoidea, Gonorrea, Hepatitis viral A, B, C, E (se excluye la D porque es un virus defectuoso que necesita el virus de la hepatitis B para existir), Hidatidosis, Lepra, Parotiditis, Psitacosis, Rubéola, Rubéola Congénita, Sífilis en todas sus formas y localizaciones, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, Tétanos, Tétanos neonatal, Tuberculosis en todas sus formas y localizaciones y Tifus Exantemático Epidémico.
Esta categoría de patologías deberán ser notificadas cuando se confirme el diagnóstico, por el establecimiento asistencial respectivo, enviándose en seguida el formulario correspondiente a la autoridad sanitaria competente, desde donde se remitirá al ministerio de Salud una vez por semana.
En el primer semestre del 2008 se constataron bajas en todas las patologías de notificación obligatoria, destacándose la rubéola con 16 casos y una disminución de un 83,5% respecto al mismo semestre de 2007. Otras cifras importantes son las de sífilis, 1623 casos; gonorrea, 522 casos; tuberculosis, 1186 casos; parotiditis, 718 casos, y tétanos, 3 casos. El sarampión y la difteria no han presentado casos este período.
La mayoría de las consultas se llevan a cabo en establecimientos de salud, ya sea públicos o privados, por lo tanto, la responsabilidad directa de comunicar el diagnóstico a un paciente recae sobre el encargado que cada centro designó.
De todos modos, la información obtenida a través de las notificaciones es de suma importancia ya que permite al Estado tomar decisiones informadas y redactar normas en relación con las actividades y el medio ambiente, tales como el manejo de los alimentos, la purificación del agua, el control de insectos o animales que sean posibles vectores de enfermedad, el seguimiento de las enfermedades de transmisión sexual y los programas de vacunación.
