Ráfagas de Cultura y Arte

23 TASA DE GAMBOA. Por continuar los abusos contra los indios, el 8 de Mayo de 1580, el gobernador Martín Ruíz de Gamboa, conjuntamente con el obispo de Santia-go, fray Diego de Medellín y el teniente general del reino, doctor Lope de Azoca, (Tierras y pueblos de indios en el Reino de Chile: esquema histórico-jurídico/Fernando Silva Vargas. Santiago: Univ Católica de Chile, Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y sociales. 19662. 266 p) se decretó otra tasa conocida como la Tasa de Gamboa, en que se intentó infruc-tuosamente sustituir el servicio personal por un tributo en oro y especies, además de instruir la reducción de la población nativa en pueblos de indios, en los términos de la ciudad de Santiago, entre el valle del Choapa y la ribera norte del río Maule, prohibiendo la introducción de españoles en ellos. Entre el Choapa y el Maule se dividió el territorio en distritos y se le entregó a un corregidor alrededor de cuatro pueblos de indios, quedando los indígenas bajo su jurisdicción, a cargo de un administrador de indios. La Tasa de Gamboa fue impopular entre los encomenderos, que presionaron, para que finalmente, el año 1583 el Gobernador don Alonso de Sotomayor la aboliera Posteriormente, en Chile Colonial, hubo otras tasas que aspiraron normar el trabajo indígena, como la tasa de Esquilache y la Tasa de Laso Vega. (https://www.memoriachilena.gob.cl/602/w3article-100849.html) El Padre Luís de Valdivia intercedió con el virrey del Perú Francisco de Borja y Aragón, Príncipe de Esquilache (se casó con la princesa de Esquilache), que en 1621 decretó la TASA DE ESQUILACHE: Prohibió el trabajo personal, declaró que los indígenas debían trabajar 207 días al año y el tributo debía ser anual. Los encargados de la agricultura recibirían una parte del terreno, los bueyes y utensilios necesarios para su explotación. El 17 de Julio de 1622 el Rey Felipe IV aprueba la tasa de Esquilache. Obispo Diego de Medellín

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